Resumen: Juicio cambiario por un pagaré contra la libradora y el avalista, que nace de un contrato de compra de productos, en el que Caixabank pone a disposición de los clientes de la empresa unos préstamos con condiciones favorables como medio de financiación con el aval de Vendedora. No se trata de un contrato de adhesión. El contrato entre las partes es un contrato mercantil celebrado entre dos entidades mercantiles y el avalista es el administrador de la sociedad. En garantía el cliente entregaba un pagaré en blanco librado no a la orden.
Resumen: Formulada demanda en la que se solicita la nulidad, por abusiva, por falta de transparencia, de los fianzas prestados por los padres del prestatario en tres pólizas de préstamo y una de crédito en cuenta corriente "para no consumidor", que tenían como finalidad la obtención de circulante, en la que se invoca la condición de los consumidores de los avalistas, la sentencia de primera instancia desestima la demanda por no tener los demandantes la condición de consumidores en los contratos la preordenación de los préstamos a la financiación d una empresa de carácter familiar. La sentencia de apelación, que desestima el recurso, realiza un profuso estudio de la jurisprudencia sobre fianza y la doctrina TJUE relacionada con la materia y destacar la autonomía del contrato de garantía respecto al contrato de crédito garantizado, y la aplicación al fiador que actúa en un ámbito ajeno a su actividad profesional o empresarial, carente de vínculos funcionales con la sociedad mercantil el régimen jurídico de protección de los consumidores, considera que en el caso no es de aplicación la normativa de consumidores porque los créditos se concedieron para una explotación agrícola familiar y los fiadores, padres del acreditado, aunque se dedican a otras actividades tienen interés en la explotación, que comprende algunas fincas propiedad del padre y la cuenta a la que están vinculadas los prestamos es una cuenta de carácter familiar.
Resumen: PRIMERO.- Dª Paloma formuló demanda de juicio ordinario contra Kutxabank en la que, con relación de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, instrumentalizado en escritura pública de fecha 30 de oct. 2003, que otorgaron D. Claudio y Dº Paloma y Bilbao Vizcaya Kutxa , actualmente Kutxabank, ante el Notario de Basauri D. Javier Pablo Rodríguez Santamaría, ejercita acciones acumuladas de nulidad y de reclamación de cantidad, con el postulado de declaración de nulidad de la cláusula de gastos (quinta), y de reembolso de parte de las cantidades que dice haber satisfecho por aplicación de la cláusula de gastos, por importe 701,69 euros, con el siguiente desglose 419,21 euros correspondientes a aranceles notariales y 162,28 euros a arancel de Registro, y 120,20 con el interés legal desde la fecha de abono y al pago de las costas procesales
